Traducción de un artículo aparecido en el periódico británico en lengua árabe Alhayat, donde se nos habla del fallo condenatorio del Tribunal Internacional de la Haya hacia el muro que Israel esta construyendo en los Territorios Ocupados de Palestina.
Traducción – Sobre el muro en Palestina
Lo más destacado del fallo del Tribunal de Justicia
Referente a los resultados jurídicos de la construcción del muro en los territorios palestinos (Alhayat) *
El Tribunal Internacional de Justicia en La Haya, resolvió en el día de ayer que el muro de separación que Israel sigue construyendo en Cisjordania, viola la legalidad internacional, por lo tanto, debería ser desmantelado, haciendo efectivo el pago de indemnizaciones a los propietarios palestinos, cuyas propiedades hayan sido expropiadas para la construcción del muro.
Incluye el fallo de La Haya cuyo titulo es “los resultados jurídicos de la construcción del muro en los territorios palestinos ocupados” cinco recomendaciones, afirmando que la construcción del muro por parte de Israel, la fuerza ocupante, sobre la tierra palestina ocupada, es contrario a la legalidad internacional. Así mismo, el tribunal cuyo fallo fue aprobado por catorce magistrados y con el único voto en contra del magistrado estadounidense Thomas Buergenthal, cree que con la construcción del muro, Israel viola la legalidad internacional al agredir a la libertad de movimiento de los palestinos, su libertad de, ir al trabajo, a la educación y a la sanidad. Además, Israel viola las convenciones firmadas por él mismo y que tratan estos asuntos: “El establecimiento de este muro por parte de Israel viola sus propios compromisos según la ley humana y las leyes vigentes sobre derechos humanos”.
El tribunal falla que Israel debe paralizar la construcción del muro, derruir aquellas partes que ha construido dentro de Cisjordania y dice: “Israel debe paralizar inmediatamente las obras de construcción que están siendo efectuadas en territorio palestino ocupado, incluida la parte Oriental de Jerusalén y sus alrededores, desmantelando lo construido en dichas ubicaciones de inmediato”.
Así mismo, los magistrados del TIJ impugnaron la trayectoria del muro decidida por Israel diciendo que: “No están convencidos de que la trayectoria delimitada y que Israel ha elegido para el muro, fuera necesaria para realizar sus objetivos de seguridad”. Dice el fallo: “Que el muro establecido a lo largo de su elegida trayectoria, más el sistema que le acompaña, representa una grave agresión sobre un número de derechos de los palestinos que residen en la zona que Israel ocupa, siendo imposible de creer, la justificación de las agresiones derivadas a esta trayectoria, como las necesidades militares, las demandas de seguridad nacional o el orden en general”.
Referente al tema de las indemnizaciones a los palestinos perjudicados por la construcción del muro, dicen los jueces en su fallo: “Que Israel debe presentar indemnizaciones por todos los perjuicios ocasionados por la construcción del muro en los territorios palestinos ocupados, Jerusalén Oriental y sus alrededores incluidos”.
El juez holandés Peter Kuigmans, se juntó al estadounidense Thomas Buergenthal, en su rechazo a instar a todos los países del mundo a tomar medidas en contra del muro, sin embargo, los otros trece magistrados restantes, apoyaron en su cuarta recomendación lo siguiente: “Es deber de todos los países, no reconocer el estatus ilegal derivado de la construcción del muro, absteniéndose de presentar ayuda o asistencia que contribuya a mantener la situación creada por dicha construcción”.
Además, los quince jueces a excepción del estadounidense Buergenthal, y en su quinta recomendación dicen: “Que Naciones Unidas, en particular, la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, deben buscar en los movimientos que han de realizarse, acabar con la situación ilegal creada por la construcción del muro”.
El TIJ en su fallo, dictamina que tiene la autoridad para emitir su opinión en el caso del muro, incluyendo este, un largo análisis de la situación jurídica y de la historia de la ocupación israelí de Cisjordania y la franja de Gaza.
El fallo de la Corte, no incluye aquellas partes del muro construidas dentro de la línea verde (la línea del armisticio establecida en 1949). El tribunal dice en su fallo: “Que Israel debe ceñirse a su compromiso de respetar el derecho del pueblo palestino a la autodeterminación, así como, sus compromisos recogidos para con la legalidad internacional básica y las leyes internacionales sobre derechos humanos, al mismo tiempo, debe garantizar la libertad de llegar a los lugares santos que están bajo su dominio”.
La opinión consultiva emitida por el Tribunal Internacional de Justicia en La Haya en el día de ayer, nace a instancias de la Asamblea General de las Naciones Unidas del pasado diciembre.
* Artículo del periódico británico en lengua árabe Alhayat (la vida), publicado el 10 de Julio del presente año.
Traducido por Jamal Halawa. Olias del Rey. Toledo.
Equipo de Redactores, El Inconformista Digital.
Incorporación – Redacción. Barcelona, 13 Julio 2004.