La Iglesia católica y sus posesiones – por Pelai Pagès

Estos días se está hablando por activa y por pasiva: la Iglesia católica se ha atribuido bienes inmuebles de los que no era propietaria. Además de lo que se ha mencionado a nivel del Estado, la consejera de Participación, Transparencia, Cooperación y Cualidad Democrática de la Generalitat Valenciana, Rosa Pérez Garijo, en una misiva firmada el pasado 28 de julio, lo he explicaba muy textualmente:

“El fenómeno de las inmatriculaciones de los bienes inmuebles ha supuesto el mayor expolio del patrimonio del país por la Iglesia católica, propiciado por el artículo 206 de la ley hipotecaria de 1946 que permitió a las autoridades eclesiásticas inscribir bienes a su nombre sin acreditar título de ningún dominio”.

Ciertamente, si a nivel del Estado español ha habido una institución que ha gozado de enormes privilegios durante los últimos doscientos años, esta h asido la Iglesia católica. Es cierto que el 19 de febrero de 1836 el gobierno español presidido por Mendizábal promulgó la desamortización de los bienes del clero regular. Pero no pasaron muchos años para que la situación cambiara, cuando en el año 1851 se firmo el Concordato con el Vaticano. La medida fue importante porque el Concordato sancionaba la nacionalización y la privatización de las tierras de la Iglesia, aceptadas por ésta, pero el Estado reconocía la religión católica como la única oficial en el Estado español, y se atribuía a la Iglesia la función de supervisar el sistema educativo. El Estado además se comprometía a mantener el culto y un sueldo para el clero secular a cargo de los presupuestos del estado y como compensación por las tierras desamortizadas. De esta manera si bien, provisionalmente, se había desmantelado el poder económico de la Iglesia, su ascendencia social se fue recuperando poco a poco hasta jugar un papel de primer orden a partir de finales de siglo.

La Segunda República, a partir de 1931, llevo a cabo la separación entre la Iglesia y el Estado y es suficientemente conocido que no faltaron quemas de iglesias y conventos y, durante la guerra civil, asesinatos de sacerdotes. Era un momento en que la Iglesia se había puesto claramente en contra de la República, y al inicio de la guerra se situó claramente al lado del Ejército rebelde, bautizando como “Cruzada” la insurrección de los militares. A partir de 1939 la Iglesia recuperó los privilegios que tenía en el periodo anterior, pero no fue hasta el año 1953 cuando se volvió a firmar un nuevo Concordato que recuperaba de nuevo -y ahora con creces- la situación que había vivido antes de la Segunda República. Por un lado, porque “La Religión Católica, Apostólica, Romana sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico”.  En el artículo XIX, se hacía referencia a que “a título de indemnización por las pasadas desamortizaciones de bienes eclesiásticos” el Estado le asignaba “anualmente una adecuada dotación” y además se comprometía a dar “anualmente subvenciones para la construcción y conservación de Templos parroquiales y rectorales y Seminarios”.

   Pero aquello que es más sorprendente es que cuando en el mes de enero de 1979 -poco después de aprobarse la nueva Constitución democrática de 1978- se aprobaron los llamados “Acuerdos Concordatarios” entre la Iglesia y el nuevo Estado democrático, los asuntos económicos también lo dejaban claro: “El Estado se compromete a colaborar con la Iglesia católica en la consecución de su adecuado sostenimiento económico, con respeto absoluto del principio de libertad religiosa”. Es cierto que también se decía que la Iglesia podría gozar de una parte del importe sobre la renta cuando cada contribuyente que lo manifieste, pero mientras tanto, también se decía claramente, “el Estado consignará en sus Presupuestos Generales la adecuada dotación a la Iglesia católica, con carácter global y único, que será actualizada anualmente” y además se establecían exenciones fiscales prácticamente en todas las actividades económicas de la Iglesia.

Y de hecho, ésta es la situación que aún se está viviendo.

Pelai Pagès Blanch es profesor de Historia Contemporánea de la Universitat de Barcelona especializado en la Segunda República Española, la Guerra Civil, el Franquismo y la Transición.

El artículo fue publicado originariamente en catalán en el blog de Pelai Pagès y puede consultarse a través de este enlace. La publicación en este periódico cuenta con la autorización del autor.

Redacción. Memoria. El Inconformista Digital.

Incorporación – Redacción. Barcelona, 2 Febrero 2022.