La proclamación de Emancipación de Abraham Lincoln

De izquierda a derecha, Edwin M. Stanton (Secretario de Guerra), Samon P. Chase (Secretario del Tesoro), Abraham Lincoln, Gideon Welles (Secretario de la Marina), Caleb Blood Smith (Secretario de Interior), William H. Seward (Secretario de Estado), Montgomery Blair (Director General de Correos), y Edward Bates (Fiscal General) - Wikimedia Commons

El 1 de enero de 1863 el Presidente Abraham Lincoln lleva a cabo la proclamación de la Emancipación, es decir la libertad de los esclavos en los estados del Sur que se han unido en la Confederación para separarse del país enfrentándose al Norte en la Guerra de Secesión (1861-1965) al Ejército de la Unión comandado por él mismo.

Esta declaración fue significativa no sólo por lo que respecta a los esclavos negros que obtuvieron bajo el papel su libertad si no porque dio un contenido moral a la Guerra de Secesión y proporcionó casi 200.000 de estos hombres a la causa con su incorporaron a las filas del Ejército de la Unión. La Guerra de Secesión se concluirá tras Batalla de Gettysburg con la rendición de los sudistas, pero la libertad de los esclavos no se hará efectiva hasta que se apruebe la Décima Tercera Enmienda, de ahí en adelante los negros americanos iniciaran un largo camino hacia la igualdad.

Este es el documento:

1 de Enero, 1863

Una proclamación.

Considerando que el veintidós de septiembre del año de nuestro Señor de mil ochocientos sesenta y dos, el Presidente de los Estados Unidos emitió una proclamación que contenía, entre otras cosas, lo siguiente, a saber.

«Que el primer día de enero del año de Nuestro Señor de mil ochocientos sesenta y tres, todas las personas mantenidas como esclavas dentro de cualquier Estado o parte designada de un Estado, cuyo pueblo esté entonces en rebelión contra los Estados Unidos, serán entonces, en adelante y para siempre libres; y el Gobierno Ejecutivo de los Estados Unidos, incluyendo la autoridad militar y naval del mismo, reconocerá y mantendrá la libertad de dichas personas, y no hará ningún acto o actos para reprimir a dichas personas, o a cualquiera de ellas, en cualquier esfuerzo que puedan hacer para su libertad real.

«Que el Ejecutivo, el primer día de enero mencionado, designará por medio de una proclamación a los Estados y partes de Estados, si los hubiere, en los que el pueblo de los mismos, respectivamente, esté entonces en rebelión contra los Estados Unidos; y el hecho de que cualquier Estado, o el pueblo del mismo, esté representado en ese día, de buena fe, en el Congreso de los Estados Unidos por miembros elegidos en elecciones en las que haya participado la mayoría de los votantes calificados de dicho Estado, se considerará, en ausencia de testimonios contundentes, una prueba concluyente de que dicho Estado, y el pueblo del mismo, no están entonces en rebelión contra los Estados Unidos. «

Por lo tanto, yo, Abraham Lincoln, Presidente de los Estados Unidos, en virtud del poder que me ha sido conferido como Comandante en Jefe del Ejército y la Armada de los Estados Unidos en tiempos de rebelión armada real contra la autoridad y el gobierno de los Estados Unidos, y como una medida de guerra adecuada y necesaria para suprimir dicha rebelión, hago, en este primer día de enero, del año de nuestro Señor de mil ochocientos sesenta y tres, y de acuerdo con mi propósito de proclamarlo públicamente durante todo el período de cien días, a partir del día antes mencionado, ordeno y designo como Estados y partes de Estados en los que el pueblo de los mismos, respectivamente, está hoy en rebelión contra los Estados Unidos, los siguientes, a saber:

Arkansas, Texas, Luisiana (excepto las parroquias de St. Bernard, Plaquemines, Jefferson, St. John, St. Charles, St. James Ascension, Assumption, Terrebonne, Lafourche, St. Martin y Orleans, incluida la ciudad de Nueva Orleans) Mississippi, Alabama, Florida, Georgia, Carolina del Sur, Carolina del Norte y Virginia, (excepto los cuarenta y ocho condados designados como Virginia Occidental, y también los condados de Berkley, Accomac, Northampton, Elizabeth City, York, Princess Ann y Norfolk, incluidas las ciudades de Norfolk y Portsmouth, y cuyas partes exceptuadas, por el momento, se dejan precisamente como si no se hubiera emitido esta proclamación.

Y en virtud del poder, y con el propósito antes mencionado, ordeno y declaro que todas las personas mantenidas como esclavos dentro de dichos Estados designados, y partes de los Estados, son y serán libres en lo sucesivo; y que el gobierno ejecutivo de los Estados Unidos, incluidas las autoridades militares y navales del mismo, reconocerán y mantendrán la libertad de dichas personas.

Y por la presente ordeno a las personas así declaradas libres que se abstengan de toda violencia, a menos que sea en defensa propia necesaria; y les recomiendo que, en todos los casos en que se les permita, trabajen fielmente por un salario razonable.

Y además declaro y hago saber que tales personas de condición adecuada serán recibidas en el servicio armado de los Estados Unidos para guarnecer fuertes, posiciones, estaciones y otros lugares, y para tripular embarcaciones de todo tipo en dicho servicio.

Y en relación con este acto, que se considera sinceramente como un acto de justicia, garantizado por la Constitución, en virtud de la necesidad militar, invoco el juicio considerado de la humanidad y el bondadoso favor de Dios Todopoderoso.

En testimonio de lo cual, he estampado mi mano y he hecho estampar el sello de los Estados Unidos.

Hecho en la ciudad de Washington, este primer día de enero, en el año de Nuestro Señor de mil ochocientos sesenta y tres, y de la Independencia de los Estados Unidos de América el ochenta y siete.

Por el presidente: ABRAHAM LINCOLN
WILLIAM H. SEWARD, Secretario de Estado.

El documento en inglés puede encontrarse en la página web del National Archives.

Redacción. Documentos. El Inconformista Digital.

Incorporación – Redacción. Barcelona, 8 Octubre 2021.