La Conferencia de Potsdam

Detrás de izquierda a derecha: William D. Leahy, Ernest Bevin, James F. Byrnes y Viacheslav Mólotov. Delante de izquierda a derecha: Clement Attlee, Harry S. Truman y Iósif Stalin - Wikimedia Commons

Entre el 17 de julio y el 2 de agosto los aliados que han vencido en la Segunda Guerra Mundial se reúnen en Berlín para organizar la ocupación, establecer las reparaciones de guerra, la desmilitarización, el proceso de des-nazificación, el sistema de gobierno, y el despedazamiento de Alemania. Se hace también a una mención el procesamiento a los criminales de guerra. En la Conferencia de Potsdam se define también la política a aplicar a Austria, Polonia (con el cambio de fronteras incluido), Rumania, Bulgaria, Hungría e Irán.

Tanto en la Conferencia de Yalta, como la Conferencia de Potsdam que hoy aquí presentamos, se establecen las reglas del juego para todos y es el antecedente tanto del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas como de la propia Asamblea de Naciones Unidas que redactará la Declaración Universal de Derechos Humanos de esta misma organización multilateral.

La Conferencia de Berlín de los Tres Jefes de Gobierno de la Unión Soviética, Estados Unidos, y Reino Unido, que tuvo lugar del 17 de julio al 2 de agosto de 1945, llegó a las siguientes conclusiones:

I. ESTABLECIMIENTO DE UN CONSEJO DE MINISTROS EXTERIORES.

A. La Conferencia alcanzó el siguiente acuerdo para el establecimiento de un Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores para realizar la labor preparatoria necesaria para los acuerdos de paz:

«(1) Se establecerá un Consejo compuesto por los Ministros de Relaciones Exteriores del Reino Unido, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, China, Francia y Estados Unidos.

«(2) (i) El Consejo se reunirá normalmente en Londres, que será la sede permanente de la Secretaría conjunta que formará el Consejo. Cada uno de los Ministros de Relaciones Exteriores estará acompañado por un Adjunto de alto rango, debidamente autorizado para desempeñar la labor del Consejo en ausencia de sus Ministros de Relaciones Exteriores, y por un reducido equipo de asesores técnicos.
«(ii) La primera reunión del Consejo se celebrará en Londres a más tardar el 1 de septiembre de 1945. Las reuniones podrán celebrarse de común acuerdo en otras capitales que se acuerden de vez en cuando.

«(3) (i) Como tarea importante inmediata, el Consejo estará autorizado a redactar, con miras a su presentación a las Naciones Unidas, tratados de paz con Italia, Rumania, Bulgaria, Hungría y Finlandia, y proponer acuerdos de cuestiones territoriales pendientes al terminar la guerra en Europa. El Consejo se utilizará para la preparación de un acuerdo de paz para Alemania que será aceptado por el Gobierno de Alemania cuando se establezca un gobierno adecuado para tal fin.
«(ii) Para el desempeño de cada una de estas tareas, el Consejo estará integrado por los Miembros que representen a los Estados signatarios de las condiciones de rendición impuestas al Estado enemigo interesado. A los efectos del acuerdo de paz para Italia, Francia deberá se considerará signatario de las condiciones de entrega de Italia. Se invitará a participar a otros Miembros cuando se debatan cuestiones que les conciernen directamente.
«(iii) Ocasionalmente, se podrán someter al Consejo otros asuntos mediante acuerdo entre los Gobiernos Miembros.

«(4) (i) Siempre que el Consejo esté examinando una cuestión de interés directo para un Estado que no esté representado en él, debería invitarse a dicho Estado a que envíe representantes para participar en la discusión y el estudio de esa cuestión.
«(ii) El Consejo podrá adaptar su procedimiento a los problemas particulares que se estén examinando. En algunos casos, podrá celebrar sus propios debates preliminares antes de la participación de otros Estados interesados. En otros casos, el Consejo podrá convocar una conferencia oficial del Estado principalmente interesado en buscar una solución al problema particular «.

B. Se acordó que los tres Gobiernos deberían dirigir cada uno una invitación idéntica a los Gobiernos de China y Francia para que adopten este texto y se unan a la creación del Consejo. El texto de la invitación aprobada fue el siguiente:

Proyecto del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores para que cada uno de los Tres Gobiernos envíe por separado una invitación idéntica a los Gobiernos de China y Francia.

«Los Gobiernos del Reino Unido, los Estados Unidos y la URSS consideran necesario comenzar sin demora los trabajos preparatorios esenciales sobre los arreglos de paz en Europa. A tal fin, acordaron que debería establecerse un Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de las Cinco Grandes Potencias para preparar tratados de paz con los Estados europeos enemigos, para presentarlos a las Naciones Unidas. El Consejo también estaría facultado para proponer arreglos de cuestiones territoriales pendientes en Europa y considerar otros asuntos que los gobiernos miembros pudieran acordar remitirlo.

«El texto adoptado por los Tres Gobiernos es el siguiente:

«De acuerdo con los Gobiernos de los Estados Unidos y la URSS, el Gobierno de Su Majestad en el Reino Unido y la URSS, el Gobierno de los Estados Unidos, el Reino Unido y el Gobierno soviético, extienden una cordial invitación al Gobierno de China y el Gobierno de Francia para que adopten el texto citado anteriormente y unirse a la creación del Consejo. El Gobierno de Su Majestad, El Gobierno de los Estados Unidos, El Gobierno soviético conceden mucha importancia a la participación del Gobierno chino y el Gobierno francés en los arreglos propuestos y esperan recibir una pronta y respuesta favorable a esta invitación «.

C. Quedó entendido que el establecimiento del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores para los fines específicos mencionados en el texto sería sin perjuicio del acuerdo de la Conferencia de Crimea de que debería haber consulta periódica entre los Secretarios de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos, la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas y del Reino Unido.

D. La Conferencia también consideró la posición de la Comisión Consultiva Europea a la luz del Acuerdo para establecer el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores. Se tomó nota con satisfacción de que la Comisión había cumplido hábilmente sus principales tareas mediante las recomendaciones que había formulado sobre las condiciones de rendición de Alemania, de las zonas de ocupación en Alemania y Austria y de la maquinaria de control entre los Aliados en esos países. Se consideró que un trabajo adicional de carácter detallado para la coordinación de la política aliada para el control de Alemania y Austria sería en el futuro dentro de la competencia del Consejo de Control en Berlín y la Comisión Aliada en Viena. En consecuencia, se acordó recomendar la disolución de la Comisión Consultiva Europea.

II. LOS PRINCIPIOS QUE RIGERÁN EL TRATAMIENTO DE ALEMANIA EN EL PERÍODO DE CONTROL INICIAL

A. PRINCIPIOS POLÍTICOS.

1. De conformidad con el Acuerdo sobre Maquinaria de Control en Alemania, la autoridad suprema en Alemania es ejercida, siguiendo instrucciones de sus respectivos gobiernos, por los Comandantes en Jefe de las fuerzas armadas de los Estados Unidos de América, el Reino Unido, el Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y la República Francesa, cada una en su propia zona de ocupación, y también conjuntamente, en asuntos que afecten a Alemania en su conjunto, en su calidad de miembros del Consejo de Control.

2. En la medida de lo posible, habrá uniformidad en el trato de la población alemana en toda Alemania.

3. Los objetivos de la ocupación de Alemania por los que se guiará el Consejo de Control son:

(i) El desarme y la desmilitarización completos de Alemania y la eliminación o el control de toda la industria alemana que podría utilizarse para la producción militar. Con estos fines:
(a) Todas las fuerzas terrestres, navales y aéreas alemanas, las SS., SA., SD. y la Gestapo, con todas sus organizaciones, personal e instituciones, incluido el Estado Mayor, el Cuerpo de Oficiales, el Cuerpo de Reserva, las escuelas militares, Las organizaciones de veteranos de guerra y todas las demás organizaciones militares y semimilitares, junto con todos los clubes y asociaciones que sirven para mantener viva la tradición militar en Alemania, serán abolidas total y definitivamente de tal manera que impida permanentemente el resurgimiento o reorganización de Alemania. militarismo y nazismo;
(b) Todas las armas, municiones e implementos de guerra y todas las instalaciones especializadas para su producción se mantendrán a disposición de los Aliados o se destruirán. El mantenimiento y producción de todos los aviones y todas las armas. Se impedirán las municiones y los implementos de guerra.

(ii) Convencer al pueblo alemán de que ha sufrido una derrota militar total y de que no puede eludir la responsabilidad por lo que se ha traído sobre sí mismo, ya que su propia guerra despiadada y la resistencia fanática nazi han destruido la economía alemana y han hecho inevitable el caos y el sufrimiento.

(iii) Destruir el Partido Nacionalsocialista y sus organizaciones afiliadas y supervisadas, disolver todas las instituciones nazis, asegurarse de que no revivan de ninguna forma y prevenir toda actividad o propaganda nazi y militarista.

(iv) Prepararse para la eventual reconstrucción de la vida política alemana sobre una base democrática y para una eventual cooperación pacífica en la vida internacional por parte de Alemania.

4. Se abolirán todas las leyes nazis que constituyeron la base del régimen de Hitler o establecieron discriminaciones por motivos de raza, credo u opinión política. No se tolerarán tales discriminaciones, ya sean legales, administrativas o de otro tipo.

5. Los criminales de guerra y aquellos que hayan participado en la planificación o ejecución de empresas nazis que impliquen o den lugar a atrocidades o crímenes de guerra serán arrestados y juzgados. Los líderes nazis, los partidarios influyentes de los nazis y los altos funcionarios de las organizaciones e instituciones nazis y cualquier otra persona peligrosa para la ocupación o sus objetivos serán arrestados e internados.

6. Todos los miembros del Partido Nazi que hayan sido participantes más que nominales en sus actividades y todas las demás personas hostiles a los propósitos de los Aliados serán destituidos de cargos públicos y semipúblicos, y de puestos de responsabilidad en importantes empresas privadas. Estas personas serán reemplazadas por personas que, por sus cualidades políticas y morales, se consideren capaces de ayudar al desarrollo de auténticas instituciones democráticas en Alemania.

7. La educación alemana se controlará de modo que elimine completamente las doctrinas nazis y militaristas y haga posible el desarrollo exitoso de las ideas democráticas.

8. El sistema judicial se reorganizará de acuerdo con los principios de la democracia, la justicia de derecho y la igualdad de derechos para todos los ciudadanos sin distinción de raza, nacionalidad o religión.

9. La administración en Alemania debe orientarse hacia la descentralización de la estructura política y el desarrollo de la responsabilidad local. Para tal fin:

(i) se restablecerá el autogobierno local en toda Alemania sobre la base de principios democráticos y, en particular, mediante consejos electivos tan rápidamente como sea compatible con la seguridad militar y los propósitos de la ocupación militar;

(ii) todos los partidos políticos democráticos con derecho de reunión y de discusión pública serán permitidos y alentados en toda Alemania;

(iii) los principios representativos y electivos se introducirán en la administración regional, provincial y estatal (de la tierra) tan pronto como se justifique por la aplicación exitosa de estos principios en el autogobierno local;

(iv) por el momento, no se establecerá ningún gobierno central alemán. Sin embargo, no obstante, se establecerán algunos departamentos administrativos centrales alemanes esenciales, encabezados por Secretarios de Estado, en particular en los campos de las finanzas, el transporte, las comunicaciones, el comercio exterior y la industria. Dichos departamentos actuarán bajo la dirección del Consejo de Control.

10. Con sujeción a la necesidad de mantener la seguridad militar, se permitirá la libertad de expresión, prensa y religión, y se respetarán las instituciones religiosas. Asimismo, para el mantenimiento de la seguridad militar, se permitirá la formación de sindicatos libres.

B. PRINCIPIOS ECONÓMICOS.

11. Con el fin de eliminar el potencial bélico de Alemania, se prohibirá e impedirá la producción de armas, municiones e instrumentos de guerra, así como todo tipo de aeronaves y buques de navegación marítima. La producción de metales, productos químicos, maquinaria y otros artículos que sean directamente necesarios para una economía de guerra se controlará estrictamente y se limitará a las necesidades aprobadas por Alemania en tiempos de paz de posguerra para cumplir los objetivos establecidos en el párrafo 15. La capacidad productiva que no sea necesaria para la producción permitida será removida de acuerdo con el plan de reparaciones recomendado por la Comisión Aliada de Reparaciones y aprobado por los gobiernos interesados ​​o, si no es removido, será destruido.

12. En la fecha más temprana posible, la economía alemana se descentralizará con el fin de eliminar la actual concentración excesiva de poder económico, ejemplificada en particular por cárteles, sindicatos, fideicomisos y otros acuerdos monopolísticos.

13. En la organización de la economía alemana, se prestará especial atención al desarrollo de la agricultura y las industrias nacionales pacíficas.

14. Durante el período de ocupación, Alemania será tratada como una unidad económica única. A tal efecto, se establecerán políticas comunes en relación con:

(a) producción minera e industrial y su asignación;
(b) agricultura, silvicultura y pesca;
(c) salarios, precios y racionamiento;
(d) programas de importación y exportación para Alemania en su conjunto;
(e) moneda y banca, fiscalidad central y aduanas;
(f) reparación y eliminación del potencial de guerra industrial;
(g) transporte y comunicaciones.

Al aplicar estas políticas se tendrán en cuenta, cuando proceda, las distintas condiciones locales.

15. Se impondrán controles aliados sobre la economía alemana, pero solo en la medida necesaria:

(a) Ejecutar programas de desarme industrial, desmilitarización, de reparaciones y de exportaciones e importaciones autorizadas.

(b) asegurar la producción y el mantenimiento de los bienes y servicios necesarios para satisfacer las necesidades de las fuerzas de ocupación y las personas desplazadas en Alemania y esenciales para mantener en Alemania niveles de vida promedio que no excedan el promedio de los niveles de vida de los países europeos. (Países europeos significa todos los países europeos excepto el Reino Unido y los la URSS.).
(c) asegurar, en la forma que determine el Consejo de Control, la distribución equitativa de los productos básicos entre las distintas zonas, a fin de producir una economía equilibrada en toda Alemania y reducir la necesidad de importaciones.
(d) controlar la industria alemana y todas las transacciones económicas y financieras internacionales, incluidas las exportaciones y las importaciones, con el objetivo de evitar que Alemania desarrolle un potencial bélico y de lograr los demás objetivos aquí mencionados.
(e) controlar todos los organismos científicos públicos o privados alemanes, instituciones de investigación y experimentación, laboratorios, etc., relacionados con actividades económicas.

16. En la imposición y mantenimiento de los controles económicos establecidos por el Consejo de Control, se creará un mecanismo administrativo alemán y se exigirá a las autoridades alemanas en la mayor medida posible que proclamen y asuman la administración de dichos controles. Por lo tanto, el pueblo alemán debe advertir que la responsabilidad de la administración de tales controles y cualquier falla en estos controles recaerá en ellos mismos. Se prohibirá cualquier control alemán que pueda ir en contra de los objetivos de la ocupación.

17. Se tomarán medidas con prontitud:

(a) para efectuar reparaciones esenciales del transporte;
(b) aumentar la producción de carbón;
(c) maximizar la producción agrícola; y
(d) para construir reparaciones de emergencia de viviendas y servicios básicos.

18. El Consejo de Control tomará las medidas apropiadas para ejercer el control y el poder de disposición sobre los activos externos de propiedad alemana que aún no están bajo el control de las Naciones Unidas y que han participado en la guerra contra Alemania.

19. El pago de las reparaciones debe dejar suficientes recursos para que el pueblo alemán pueda subsistir sin ayuda externa. Al calcular el equilibrio económico de Alemania, se deben proporcionar los medios necesarios para pagar las importaciones aprobadas por el Consejo de Control de Alemania. El producto de las exportaciones de la producción actual y las existencias estarán disponibles en primer lugar para el pago de dichas importaciones.

La cláusula anterior no se aplicará a los equipos y productos mencionados en los párrafos 4 (a) y 4 (b) del Acuerdo de Reparaciones.

III. REPARACIONES DE ALEMANIA.

1. Las reclamaciones de reparación de la URSS se atenderán mediante mudanzas de la zona de Alemania ocupada por la URSS y de los activos externos alemanes apropiados.

2. La URSS se compromete a resolver las reclamaciones de reparación de Polonia con su propia parte de las reparaciones.

3. Las reclamaciones de reparación de los Estados Unidos, el Reino Unido y otros países con derecho a reparación se atenderán con las Zonas Occidentales y con los activos externos alemanes apropiados.

4. Además de las reparaciones a ser tomadas por la URSS de su propia zona de ocupación, la URSS recibirá adicionalmente de las Zonas Occidentales:

(a) El 15 por ciento de ese equipo de capital industrial completo y utilizable, en primer lugar de las industrias metalúrgica, química y de fabricación de maquinaria, ya que es innecesario para la economía de paz alemana y debe ser retirado de las zonas occidentales de Alemania, a cambio de un valor equivalente de alimentos, carbón, potasa, zinc, madera, productos de arcilla, productos del petróleo y otros productos básicos que se acuerden.

(b) El 10 por ciento de los bienes de capital industrial que sean innecesarios para la economía de paz alemana y deberían ser retirados de las zonas occidentales, para ser transferidos al gobierno soviético a cuenta de reparaciones sin pago o cambio de ningún tipo a cambio.

Las remociones de equipo según lo dispuesto en (a) y (b) anteriores se realizarán simultáneamente.

5. La cantidad de equipo que se retirará de las Zonas Occidentales a causa de las reparaciones debe determinarse dentro de los seis meses a más tardar.

6. Las retiradas de bienes de capital industrial comenzarán lo antes posible y se completarán dentro de los dos años siguientes a la determinación especificada en el párrafo 5. La entrega de los productos cubiertos por el inciso 4 (a) anterior comenzará tan pronto como sea posible y se hará por la URSS en cuotas acordadas dentro de los cinco años siguientes a la fecha del presente. La determinación de la cantidad y el carácter del equipo de capital industrial innecesario para la economía de paz alemana y, por lo tanto, disponible para reparación, será realizada por el Consejo de Control según las políticas fijadas por la Comisión Aliada de Reparaciones, con la participación de Francia, sujeto a las disposiciones finales. aprobación del Comandante de Zona en la Zona de la cual se va a retirar el equipo.

7. Previo a la fijación de la cantidad total de equipo sujeto a remoción, se realizarán entregas anticipadas con respecto a dicho equipo que se determine que es elegible para entrega de acuerdo con el procedimiento establecido en la última oración del párrafo 6.

8. El Gobierno soviético renuncia a todas las reclamaciones relativas a las reparaciones de acciones de empresas alemanas ubicadas en las zonas occidentales de Alemania, así como a los activos extranjeros alemanes en todos los países, excepto los especificados en el párrafo 9 infra.

9. Los Gobiernos del Reino Unido y los Estados Unidos renuncian a todas las reclamaciones con respecto a las reparaciones de acciones de empresas alemanas ubicadas en la zona oriental de ocupación de Alemania, así como a los activos extranjeros alemanes en Bulgaria, Finlandia, Hungría, Rumania y Este de Austria.

10. El gobierno soviético no reclama el oro capturado por las tropas aliadas en Alemania.

IV. ELIMINACIÓN DE LA ARMADA Y MARINA MERCANTIL ALEMANAS

A. Se acordaron los siguientes principios para la distribución de la Armada alemana:

(1) La fuerza total de la armada de superficie alemana, excluidos los barcos hundidos y los tomados de las Naciones Aliadas, pero incluidos los barcos en construcción o reparación, se dividirá en partes iguales entre la URSS, UK y EEUU.

(2) Buques en construcción o reparación significa aquellos buques cuya construcción o reparación puede completarse dentro de tres a seis meses, según el tipo de buque. La comisión técnica designada por las Tres Potencias y mencionada más adelante determinará si dichos buques en construcción o reparación serán terminados o reparados, con sujeción al principio de que su terminación o reparación debe lograrse dentro de los plazos establecidos anteriormente, sin aumento del empleo calificado en los astilleros alemanes y sin permitir la reapertura de ninguna industria naval alemana o industrias conexas. Fecha de finalización significa la fecha en que un barco puede salir en su primer viaje o, según las normas en tiempo de paz, se referiría a la fecha habitual de entrega por astillero al Gobierno.

(3) Se hundirá la mayor parte de la flota submarina alemana. No se conservarán más de treinta submarinos y se dividirán en partes iguales entre la URSS, UK, y EEUU con fines experimentales y técnicos.

(4) Todas las existencias de armamento, municiones y suministros de la Armada Alemana pertenecientes a los buques transferidos de conformidad con los párrafos (1) y (3) de este documento serán entregados a las respectivas potencias que reciban dichos buques.

(5) Los Tres Gobiernos acuerdan constituir una comisión naval tripartita compuesta por dos representantes de cada gobierno, acompañados por el personal necesario, para presentar recomendaciones acordadas a los Tres Gobiernos para la asignación de buques de guerra alemanes específicos y para manejar otros asuntos detallados que surjan del acuerdo entre los Tres Gobiernos sobre la flota alemana. La Comisión celebrará su primera reunión a más tardar el 15 de agosto de 1945 en Berlín, que será su sede. Cada Delegación de la Comisión tendrá derecho, sobre la base de la reciprocidad, a inspeccionar los buques de guerra alemanes dondequiera que se encuentren.

(6) Los Tres Gobiernos acordaron que las transferencias, incluidas las de los buques en construcción y reparación, se completarán lo antes posible, pero a más tardar el 15 de febrero de 1946. La Comisión presentará informes quincenales, incluidas propuestas para la asignación progresiva de los buques cuando así lo acuerde la Comisión.

B. Se acordaron los siguientes principios para la distribución de la Marina Mercante Alemana:

(1) La Marina Mercante Alemana, entregada a las Tres Potencias y dondequiera que esté ubicada, se dividirá en partes iguales entre la URSS, el Reino Unido y los EE. UU. Las transferencias reales de los barcos a los respectivos países se llevarán a cabo tan pronto como sea posible después del fin de la guerra contra Japón. El Reino Unido y los Estados Unidos proporcionarán, de sus acciones de los buques mercantes alemanes entregados, cantidades apropiadas para otros Estados aliados cuyos marinos mercantes hayan sufrido grandes pérdidas en la causa común contra Alemania, excepto que la Unión Soviética proporcionará de su parte para Polonia.

(2) La asignación, dotación y operación de estos barcos durante el período de la Guerra Japonesa estarán bajo el conocimiento y la autoridad de la Junta de Ajuste de Embarque Combinado y la Autoridad Marítima Unida.

(3) Si bien la transferencia real de los barcos se retrasará hasta después del final de la guerra con Japón, una Comisión Naviera Tripartita hará un inventario y valorará todos los barcos disponibles y recomendará una distribución específica de acuerdo con el párrafo (1).

(4) Los barcos alemanes de interior y costeros que el Consejo de Control Aliado de Alemania determine que son necesarios para el mantenimiento de la economía de paz alemana básica no se incluirán en el grupo de transporte así dividido entre las Tres Potencias.

(5) Los Tres Gobiernos acuerdan constituir una comisión de la marina mercante tripartita compuesta por dos representantes de cada gobierno, acompañados por el personal necesario, para presentar recomendaciones acordadas a los Tres Gobiernos para la asignación de buques mercantes alemanes específicos y para manejar otros asuntos detallados que surjan. del acuerdo entre los Tres Gobiernos sobre los buques mercantes alemanes. La Comisión celebrará su primera reunión a más tardar el 1 de septiembre de 1945 en Berlín, que será su sede. Cada delegación de la Comisión tendrá derecho, sobre la base de la reciprocidad, a inspeccionar los buques mercantes alemanes dondequiera que se encuentren.

V. CIUDAD DE KOENIGSBERG Y EL AREA ADYACENTE.

La Conferencia examinó una propuesta del Gobierno soviético en el sentido de que, a la espera de la determinación final de las cuestiones territoriales en el acuerdo de paz, la sección de la frontera occidental de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas adyacente al Mar Báltico debe pasar por un punto en la orilla oriental de la bahía de Danzig al este, al norte de Braunsberg-Goldap, hasta el punto de encuentro de las fronteras de Lituania, la República de Polonia y Prusia Oriental.

La Conferencia aceptó en principio la propuesta del Gobierno soviético relativa a la transferencia definitiva a la Unión Soviética de la ciudad de Koenigsberg y el área adyacente a ella descrita anteriormente, sujeto al examen de expertos de la frontera real.

El presidente de los Estados Unidos y el primer ministro británico han declarado que apoyarán la propuesta de la Conferencia en el próximo acuerdo de paz.

VI. CRIMINALES DE GUERRA.

Los Tres Gobiernos han tomado nota de las conversaciones que se han mantenido en las últimas semanas en Londres entre representantes británicos, estadounidenses, soviéticos y franceses con miras a llegar a un acuerdo sobre los métodos de juicio de los principales criminales de guerra cuyos crímenes en virtud de la Declaración de Moscú de octubre de 1943 no tienen una localización geográfica particular. Los Tres Gobiernos reafirman su intención de llevar a estos criminales ante una justicia rápida y segura. Esperan que las negociaciones de Londres den lugar a un rápido acuerdo a tal efecto y consideran de gran importancia que el juicio de estos importantes criminales comience lo antes posible. La primera lista de acusados ​​se publicará antes del 1 de septiembre.

VII. AUSTRIA.

La Conferencia examinó una propuesta del Gobierno soviético sobre la extensión de la autoridad del Gobierno Provisional de Austria a toda Austria.

Los tres gobiernos acordaron que estaban preparados para examinar esta cuestión después de la entrada de las fuerzas británicas y estadounidenses en la ciudad de Viena.

Se acordó que no se deberían exigir reparaciones a Austria.

VIII. POLONIA.
UNA DECLARACIÓN.

Hemos tomado nota con agrado del acuerdo alcanzado entre los representantes polacos de Polonia y del extranjero que ha hecho posible la formación, de acuerdo con las decisiones tomadas en la Conferencia de Crimea, de un Gobierno Provisional de Unidad Nacional de Polonia reconocido por las Tres Potencias. El establecimiento por los Gobiernos británico y estadounidense de relaciones diplomáticas con el Gobierno Provisional de Unidad Nacional de Polonia ha dado lugar a la retirada de su reconocimiento al anterior Gobierno polaco en Londres, que ya no existe.

Los Gobiernos británico y estadounidense han tomado medidas para proteger los intereses del Gobierno Provisional de Unidad Nacional de Polonia como gobierno reconocido del Estado polaco en los bienes pertenecientes al Estado polaco ubicados en sus territorios y bajo su control, cualquiera que sea la forma de esta propiedad puede ser. Además, han tomado medidas para evitar la enajenación a terceros de dichos bienes. Se darán todas las facilidades adecuadas al Gobierno Provisional de Unidad Nacional de Polonia para el ejercicio de los recursos legales ordinarios para la recuperación de cualquier propiedad perteneciente al Estado polaco que pueda haber sido enajenada ilícitamente.

Las Tres Potencias están ansiosas por ayudar al Gobierno Provisional de Unidad Nacional de Polonia a facilitar el regreso a Polonia tan pronto como sea posible de todos los polacos en el extranjero que deseen ir, incluidos los miembros de las Fuerzas Armadas Polacas y la Marina Mercante. Esperan que a los polacos que regresen a casa se les otorguen derechos personales y de propiedad en las mismas condiciones que a todos los ciudadanos polacos.

Las Tres Potencias señalan que el Gobierno Provisional de Unidad Nacional de Polonia, de conformidad con las decisiones de la Conferencia de Crimea, ha acordado la celebración de elecciones libres y sin trabas lo antes posible sobre la base del sufragio universal y el voto secreto en el que todos los ciudadanos democráticos y los partidos antinazis tendrán derecho a participar y presentar candidatos, y los representantes de la prensa aliada gozarán de plena libertad para informar al mundo sobre los acontecimientos en Polonia antes y durante las elecciones.

B. FRONTERA OCCIDENTAL DE POLONIA.

De conformidad con el acuerdo sobre Polonia alcanzado en la Conferencia de Crimea, los tres Jefes de Gobierno han solicitado la opinión del Gobierno Provisional de Unidad Nacional de Polonia sobre la adhesión de territorio en el extremo norte al oeste que Polonia debería recibir. El Presidente del Consejo Nacional de Polonia y los miembros del Gobierno Provisional de Unidad Nacional de Polonia fueron recibidos en la Conferencia y presentaron sus puntos de vista. Los tres Jefes de Gobierno reafirman su opinión de que la delimitación final de la frontera occidental de Polonia debe esperar al acuerdo de paz.

Los tres Jefes de Gobierno acuerdan que, en espera de la determinación final de la frontera occidental de Polonia, los antiguos territorios alemanes trazan una línea que va desde el Mar Báltico inmediatamente al oeste de Swinamunde, y desde allí a lo largo del río Oder hasta la confluencia del río Neisse occidental y a lo largo del Neisse Occidental hasta la frontera checoslovaca, incluida la parte de Prusia Oriental que no esté bajo la administración de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas de acuerdo con el entendimiento alcanzado en esta conferencia y que incluya el área de la antigua ciudad libre de Danzig, será bajo la administración del Estado polaco y para tales fines no debe considerarse como parte de la zona de ocupación soviética en Alemania.

IX. CONCLUSIÓN SOBRE LOS TRATADOS DE PAZ Y ADMISIÓN EN LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS.

Los tres Gobiernos consideran deseable que la actual situación anómala de Italia, Bulgaria, Finlandia, Hungría y Rumania se ponga fin a la celebración de tratados de paz. Confían en que los demás gobiernos aliados interesados ​​compartirán estas opiniones.

Por su parte, los tres Gobiernos han incluido la preparación de un Tratado de Paz para Italia como la primera de las importantes tareas inmediatas que emprenderá el nuevo Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores. Italia fue la primera de las potencias del Eje en romper con Alemania, a cuya derrota ha hecho una contribución material, y ahora se ha unido a los aliados en la lucha contra Japón. Italia se ha liberado del régimen fascista y está haciendo un buen progreso hacia el restablecimiento de un gobierno y unas instituciones democráticas. La concertación de un tratado de paz de ese tipo con un gobierno italiano reconocido y democrático permitirá que los tres gobiernos cumplan su deseo de apoyar una solicitud de Italia para ser Miembro de las Naciones Unidas.

Los tres gobiernos también han encomendado al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores la tarea de preparar tratados de paz para Bulgaria, Finlandia, Hungría y Rumania. La conclusión de tratados de paz con gobiernos democráticos reconocidos en estos Estados también permitirá a los tres gobiernos apoyar las solicitudes de ellos para ser miembros de las Naciones Unidas. Los tres Gobiernos acuerdan examinar cada uno por separado en un futuro próximo, a la luz de las condiciones entonces prevalecientes, el establecimiento de relaciones diplomáticas con Finlandia, Rumania, Bulgaria y Hungría en la medida de lo posible antes de la conclusión de tratados de paz con esos países.

Los tres Gobiernos no tienen ninguna duda de que, en vista del cambio de condiciones resultante del fin de la guerra en Europa, los representantes de la prensa aliada gozarán de plena libertad para informar al mundo sobre los acontecimientos en Rumania, Bulgaria, Hungría y Finlandia.

En cuanto a la admisión de otros Estados en la Organización de las Naciones Unidas, el Artículo 4 de la Carta de las Naciones Unidas declara que:

1. La calidad de miembro de las Naciones Unidas está abierta a todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones contenidas en la presente Carta y, a juicio de la organización, puedan y deseen cumplir esas obligaciones;

2. La admisión de cualquiera de esos Estados como Miembro de las Naciones Unidas se efectuará mediante una decisión de la Asamblea General por recomendación del Consejo de Seguridad.

Los tres Gobiernos, en lo que a ellos respecta, apoyarán las solicitudes de ingreso de aquellos Estados que hayan permanecido neutrales durante la guerra y que reúnan los requisitos establecidos anteriormente.

Sin embargo, los tres Gobiernos se sienten obligados a dejar claro que, por su parte, no favorecerían ninguna solicitud de adhesión presentada por el actual Gobierno español, que, habiendo sido fundado con el apoyo de las Potencias del Eje, no lo hace, en vista de sus orígenes, su naturaleza, su trayectoria y su estrecha asociación con los Estados agresores, poseen las calificaciones necesarias para justificar tal membresía.

X. FIDUCIARIO TERRITORIAL

La Conferencia examinó una propuesta del Gobierno soviético sobre la cuestión de los territorios bajo administración fiduciaria tal como se define en la decisión de la Conferencia de Crimea y en la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.

Después de un intercambio de opiniones sobre esta cuestión, se decidió que la disposición de los antiguos territorios coloniales italianos debía decidirse en relación con la preparación de un tratado de paz para Italia y que la cuestión del territorio colonial italiano se consideraría antes de septiembre. Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores.

XI. PROCEDIMIENTO REVISADO DE LA COMISIÓN DE CONTROL ALIADA EN RUMANIA, BULGARIA Y HUNGRÍA.

Los tres gobiernos tomaron nota de que los representantes soviéticos en las comisiones de control aliadas en Rumania, Bulgaria y Hungría han comunicado a sus colegas del Reino Unido y los Estados Unidos propuestas para mejorar el trabajo de las comisiones de control, ahora que han cesado las hostilidades en Europa.

Los tres Gobiernos acordaron que ahora se emprendería la revisión de los procedimientos de las Comisiones Aliadas de Control en estos países, teniendo en cuenta los intereses y responsabilidades de los tres Gobiernos que juntos presentaron los términos del armisticio a los respectivos países, y aceptando como sobre la base, con respecto a los tres países, las propuestas del Gobierno soviético para Hungría que se adjuntan a la presente. (Anexo I)

XII. TRASLADO ORDENADO DE POBLACIONES ALEMANAS.

Los Tres Gobiernos, habiendo examinado la cuestión en todos sus aspectos, reconocen que habrá que emprender el traslado a Alemania de poblaciones alemanas, o elementos de las mismas, que permanezcan en Polonia, Checoslovaquia y Hungría. Acuerdan que cualquier traslado que se lleve a cabo debe realizarse de manera ordenada y humana.

Dado que la afluencia de un gran número de alemanes a Alemania aumentaría la carga que ya recae sobre las autoridades ocupantes, consideran que el Consejo de Control de Alemania debería examinar en primera instancia el problema, con especial atención a la cuestión de la distribución equitativa de estos alemanes entre las diversas zonas de ocupación. En consecuencia, están dando instrucciones a sus respectivos representantes en el Consejo de Control para que informen a sus gobiernos lo antes posible de la medida en que esas personas ya han entrado en Alemania desde Polonia, Checoslovaquia y Hungría, para que presenten una estimación del tiempo y la velocidad a la que se realizarán más transferencias podría llevarse a cabo teniendo en cuenta la situación actual en Alemania.

Al mismo tiempo se informa de lo anterior al Gobierno checoslovaco, al Gobierno provisional polaco y al Consejo de Control de Hungría y, mientras tanto, se les pide que suspendan las nuevas expulsiones en espera de que los gobiernos interesados ​​examinen el informe de sus representantes en el Consejo de Control.

XIII. EQUIPO PETROLERO EN RUMANIA.

La Conferencia acordó establecer dos comisiones bilaterales de expertos, una compuesta por miembros del Reino Unido y la Unión Soviética y otra por miembros de los Estados Unidos y la Unión Soviética, para investigar los hechos y examinar los documentos, como base para el arreglo de cuestiones derivadas de la retirada de equipos petroleros en Rumania. Además, se acordó que estos expertos comenzarán a trabajar en un plazo de diez días, in situ.

XIV. IRÁN.

Se acordó que las tropas aliadas deberían retirarse inmediatamente de Teherán, y que las etapas posteriores de la retirada de tropas de Irán deberían considerarse en la reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores que se celebrará en Londres en septiembre de 1945.

XV. LA ZONA INTERNACIONAL DE TANGER.

Se examinó una propuesta del gobierno soviético y se tomaron las siguientes decisiones:

Habiendo examinado la cuestión de la Zona de Tánger, los tres Gobiernos han acordado que esta Zona, que incluye la Ciudad de Tánger y el área adyacente a ella, en vista de su especial importancia estratégica, seguirá siendo internacional.

La cuestión de Tánger se discutirá próximamente en una reunión en París de representantes de los Gobiernos de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, los Estados Unidos de América, el Reino Unido y Francia.

XVI. LOS ESTRECHOS DEL MAR NEGRO.

Los Tres Gobiernos reconocieron que la Convención concluida en Montreux debería revisarse por no cumplir con las condiciones actuales.

Se acordó que, como paso siguiente, el asunto debería ser objeto de conversaciones directas entre cada uno de los tres gobiernos y el Gobierno turco.

XVII. VÍAS INTERIORES INTERNACIONALES.

La Conferencia consideró una propuesta de la Delegación de los Estados Unidos sobre este tema y acordó remitirla a la consideración de la próxima reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores en Londres.

XVIII. CONFERENCIA EUROPEA DE TRANSPORTE INTERIOR.

Las delegaciones británica y estadounidense a la Conferencia informaron a la delegación soviética del deseo de los gobiernos británico y estadounidense de volver a convocar la Conferencia Europea de Transporte Interior y declararon que recibirían con agrado la seguridad de que el gobierno soviético participaría en los trabajos de la nueva conferencia. El gobierno soviético acordó participar en esta conferencia.

XIX. DIRECTIVAS A LOS COMANDANTES MILITARES SOBRE EL CONSEJO DE CONTROL ALIADO PARA ALEMANIA.

Los Tres Gobiernos acordaron que cada uno enviaría una directiva a su representante en el Consejo de Control de Alemania informándole de todas las decisiones de la Conferencia que afecten a asuntos dentro del ámbito de sus funciones.

XX. USO DE PROPIEDAD ALIADA PARA REPARACIONES DE SATÉLITES O TROFEOS DE GUERRA.

La propuesta (Anexo II) presentada por la Delegación de los Estados Unidos fue aceptada en principio por la Conferencia, pero la redacción de un acuerdo al respecto se dejó para que se resolviera por la vía diplomática.

XXI. CHARLAS MILITARES.

Durante la Conferencia hubo reuniones entre los Jefes de Estado Mayor de los Tres Gobiernos sobre asuntos militares de interés común.

ANEXO I

TEXTO DE UNA CARTA TRANSMITIDA EL 12 DE JULIO A LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS UNIDOS Y DEL REINO UNIDO SOBRE LA COMISIÓN DE CONTROL ALIADA EN HUNGRÍA.

En vista del cambio de situación en relación con el fin de la guerra contra Alemania, el gobierno soviético considera necesario establecer el siguiente orden de trabajo para la Comisión de Control Aliada en Hungría.

1. Durante el período hasta la conclusión de la paz con Hungría, el presidente (o vicepresidente) del CAC convocará periódicamente conferencias con los representantes británicos y estadounidenses con el fin de debatir las cuestiones más importantes relacionadas con la labor del CAC. Las conferencias se convocarán una vez cada 10 días, o con mayor frecuencia en caso de necesidad.

Las directivas del ACC sobre cuestiones o principios serán emitidas a las autoridades húngaras por el presidente de la Comisión de Control Aliada después de un acuerdo sobre estas directivas con los representantes ingleses y estadounidenses.

2. Los representantes británicos y estadounidenses en el ACC participarán en las conferencias generales de jefes de división y delegados del ACC, convocadas por el Presidente del ACC, cuyas reuniones serán de carácter regular. Los representantes británicos y estadounidenses también participarán personalmente a través de sus representantes en las instancias apropiadas en las comisiones mixtas creadas por el Presidente de la ACC para cuestiones relacionadas con la ejecución de sus funciones por parte de la ACC.

3. Se permitirá la libre circulación de los representantes estadounidenses y británicos en el país siempre que se informe previamente a la ACC de la hora y ruta de los viajes.

4. Todas las cuestiones relacionadas con el permiso para la entrada y salida de los miembros del personal de los representantes británicos y estadounidenses en Hungría serán decididas sobre el terreno por el presidente del ACC en un plazo máximo de una semana.

5. La entrada y salida por avión de correo, cargamentos y correos diplomáticos será realizada por los representantes británicos y estadounidenses en el ACC bajo los arreglos y plazos establecidos por el ACC, o en casos especiales por previa coordinación con el Presidente de la ACC.

Considero necesario agregar a lo anterior que en todos los demás puntos los Estatutos existentes sobre el CAC en Hungría, que fue confirmado el 20 de enero de 1945, seguirán vigentes en el futuro.

ANEXO II

USO DE PROPIEDAD ALIADA PARA REPARACIONES SATELITALES O TROFEOS DE GUERRA

1. La carga de la reparación y los «trofeos de guerra» no debe recaer sobre los nacionales aliados.

2. Equipo de capital: nos oponemos a la remoción de dicha propiedad de los Aliados como reparaciones, «trofeos de guerra» o bajo cualquier otra apariencia. Las pérdidas se acumularían para los nacionales aliados como resultado de la destrucción de plantas y la consiguiente pérdida de mercados y conexiones comerciales. La incautación de bienes aliados imposibilita el cumplimiento por parte del satélite de su obligación bajo el armisticio de restaurar intactos los derechos e intereses de las naciones aliadas y sus nacionales.

Estados Unidos espera a las otras potencias ocupantes la devolución de cualquier equipo ya retirado y el cese de las retiradas. Cuando dicho equipo no sea o no pueda ser devuelto, Estados Unidos exigirá al satélite una compensación adecuada, efectiva y pronta a los ciudadanos estadounidenses, y que dicha compensación tenga una prioridad igual a la del pago de las reparaciones.

Estos principios se aplican a todas las propiedades de propiedad total o sustancial de ciudadanos aliados. En el caso de mudanzas de propiedad en las que tanto el interés estadounidense como el de todos los aliados son menos que sustanciales, los EEUU. Esperan una compensación adecuada, efectiva y rápida.

3. Producción actual: si bien EEUU no se opone a la reparación de la producción actual de inversiones aliadas, el satélite debe proporcionar una compensación inmediata y adecuada a los nacionales aliados, incluidas las divisas o productos suficientes para que puedan recuperar gastos razonables en moneda extranjera y transferir un retorno razonable de su inversión. Dicha indemnización también debe tener la misma prioridad que las reparaciones.

Consideramos fundamental que los satélites no celebren tratados, acuerdos o arreglos que nieguen a los nacionales aliados el acceso, en igualdad de condiciones, a su comercio, materias primas e industria; y modificar adecuadamente cualquier arreglo existente que pueda tener ese efecto.

(b) Proclamación que define los términos para la rendición japonesa, 26 de julio de 1945

(1) Nosotros-El Presidente de los Estados Unidos, el Presidente del Gobierno Nacional de la República de China y el Primer Ministro de Gran Bretaña, en representación de los cientos de millones de nuestros compatriotas, hemos conferido y estamos de acuerdo en que Japón recibirá una oportunidad para poner fin a esta guerra.

(2) Las prodigiosas fuerzas terrestres, marítimas y aéreas de los Estados Unidos, el Imperio Británico y de China, muchas veces reforzadas por sus ejércitos y flotas aéreas del oeste, están preparadas para asestar los golpes finales sobre Japón. Este poder militar se sustenta e inspira en la determinación de todas las naciones aliadas de continuar la guerra contra Japón hasta que ella deje de resistir.

(3) El resultado de la inútil e insensata resistencia alemana al poder de los despertados pueblos libres del mundo se presenta con espantosa claridad como un ejemplo para el pueblo de Japón. El poder que ahora converge en Japón es inconmensurablemente mayor que el que, cuando se aplicó a los nazis en resistencia, necesariamente arrasó las tierras, la industria y el método de vida de todo el pueblo alemán. La plena aplicación de nuestro poder militar, respaldada por nuestra resolución, todo significa la inevitable y completa destrucción de las fuerzas armadas japonesas e igualmente inevitablemente la total devastación de la patria japonesa.

(4) Ha llegado el momento de que Japón decida si seguirá bajo el control de esos voluntariosos asesores militaristas cuyos cálculos poco inteligentes han llevado al Imperio de Japón al umbral de la aniquilación, o si seguirá el camino de la razón.

(5) A continuación se encuentran nuestros términos. No nos desviaremos de ellos. No hay alternativas. No toleraremos demoras.

(6) Debe eliminarse para siempre la autoridad y la influencia de aquellos que han engañado y engañado al pueblo de Japón para que se embarque en la conquista del mundo, porque insistimos en que un nuevo orden de paz, seguridad y justicia será imposible hasta que se instaure un militarismo irresponsable. expulsado del mundo.

(7) Hasta que se establezca un nuevo orden de este tipo y hasta que haya pruebas convincentes de que el poder bélico de Japón ha sido destruido, los puntos en territorio japonés que serán designados por los Aliados serán ocupados para asegurar el logro de los objetivos básicos que estamos estableciendo aquí. adelante.

(8) Los términos de la Declaración de El Cairo se cumplirán y la soberanía japonesa se limitará a las islas de Honshu, Hokkaido, Kyushu, Shikoku y las islas menores que determinemos.

(9) Las fuerzas militares japonesas, después de ser completamente desarmadas, podrán regresar a sus hogares con la oportunidad de llevar una vida pacífica y productiva.

(10) No pretendemos que los japoneses sean esclavizados como raza o destruidos como nación, pero se impondrá una severa justicia a todos los criminales de guerra, incluidos aquellos que han infligido crueldades a nuestros prisioneros. El gobierno japonés eliminará todos los obstáculos al resurgimiento y fortalecimiento de las tendencias democráticas entre el pueblo japonés. Se establecerá la libertad de expresión, de religión y de pensamiento, así como el respeto de los derechos humanos fundamentales.

(11) Se permitirá a Japón mantener aquellas industrias que mantengan su economía y permitan la imposición de reparaciones justas en especie, pero no aquellas [industrias] que le permitirían rearmarse para la guerra. Con este fin, se permitirá el acceso a las materias primas, a diferencia del control de las mismas. Se permitirá la eventual participación japonesa en las relaciones comerciales mundiales.

(12) Las fuerzas de ocupación de los Aliados se retirarán de Japón tan pronto como se hayan logrado estos objetivos y se haya establecido, de acuerdo con la voluntad libremente expresada del pueblo japonés, un gobierno responsable e inclinado hacia la paz.

(13) Hacemos un llamado al gobierno de Japón para que proclame ahora la rendición incondicional de todas las fuerzas armadas japonesas y proporcione garantías adecuadas y adecuadas de su buena fe en tal acción. La alternativa para Japón es la destrucción rápida y total.

El documento puede encontrarse en inglés en la página web The Avalon Project: Documents in Law, History, and Diplomacy de la Lillian Goldman Law Library, Yale Law School.

Redacción. Documentos. El Inconformista Digital.

Incorporación – Redacción. Barcelona, 28 Noviembre 2020.