El Acuerdo Sykes-Picot

El Reino Unido y Francia entre noviembre de 1915 y marzo de 1916 negocian en secreto el reparto de los territorios que en ese momento formaban parte del Imperio otomano en Oriente Medio y que iban a quedar en disputa después de la Gran Guerra. Este acuerdo llamado Sykes-Picot por los dos representantes que lo efectuaron, en ingles Mark Sykes y el francés François Georges-Picot, se firma el 15 de mayo de 1916, y fue hecho público por los periódicos soviéticos Izvestia y Pravda el 23 de noviembre, tres días después el Manchester Guardian hacía lo propio.

En el artículo Siroco nos sirve para entender Oriente Medio – por Francesc Sánchez hemos tratado a fondo esta materia. La novedad es que hoy os presentamos íntegramente este documento clave:

El Acuerdo Sykes-Picot:

En consecuencia, se entiende entre los gobiernos francés y británico:

Que Francia y Gran Bretaña están preparadas para reconocer y proteger estados árabes independientes o una confederación de estados árabes (a) y (b) marcados en el mapa adjunto, bajo la soberanía de un jefe árabe. Que en el área (a) Francia, y en el área (b) Gran Bretaña, tendrán prioridad de derecho de empresa y préstamos locales. Que en el área (a) Francia, y en el área (b) Gran Bretaña, solo proporcionará asesores o funcionarios extranjeros a solicitud del estado árabe o la confederación de estados árabes.

Que en el área azul Francia, y en el área roja Gran Bretaña, se les permitirá establecer la administración o el control directo o indirecto que deseen y que crean conveniente concertar con el estado árabe o la confederación de estados árabes.

Que en la zona marrón se establecerá una administración internacional, cuya forma se decidirá después de consultar con Rusia y, posteriormente, en consulta con los demás aliados y los representantes del Shereef de La Meca.

Que se otorgue a Gran Bretaña (1) los puertos de Haifa y Acre, (2) garantía de un suministro determinado de agua de los Tigres y Éufrates en el área (a) para el área (b). El gobierno de Su Majestad, por su parte, se compromete a no negociar en ningún momento la cesión de Chipre a ninguna tercera potencia sin el consentimiento previo del gobierno francés.

Que Alejandreta será un puerto libre en lo que respecta al comercio del imperio británico, y que no habrá discriminación en las tarifas o instalaciones portuarias con respecto a la navegación británica y las mercancías británicas; que habrá libertad de tránsito para las mercancías británicas a través de Alejandreta y por ferrocarril a través del área azul, o (b) área, o área (a); y no habrá discriminación, directa o indirecta, contra mercancías británicas en cualquier ferrocarril o contra mercancías o barcos británicos en cualquier puerto que sirva a las áreas mencionadas.

Que Haifa será un puerto libre en lo que respecta al comercio de Francia, sus dominios y protectorados, y no habrá discriminación en las tarifas o instalaciones portuarias en lo que respecta a la navegación francesa y las mercancías francesas. Habrá libertad de tránsito para las mercancías francesas a través de Haifa y por el ferrocarril británico a través del área marrón, ya sea que esas mercancías estén destinadas o sean originarias del área azul, área (a) o área (b), y no habrá discriminación, directa o indirecta, contra mercancías francesas en cualquier ferrocarril, o contra mercancías o barcos franceses en cualquier puerto que preste servicio en las zonas mencionadas.

Que en el área (a) el ferrocarril de Bagdad no se extenderá hacia el sur más allá de Mosul, y en el área (b) hacia el norte más allá de Samarra, hasta que se haya completado un ferrocarril que conecte Bagdad y Alepo a través del valle del Éufrates, y solo con el consentimiento de los dos gobiernos.

Que Gran Bretaña tiene derecho a construir, administrar y ser el único propietario de un ferrocarril que conecte Haifa con el área (b), y tendrá el derecho perpetuo de transportar tropas a lo largo de dicha línea en todo momento. Ambos gobiernos deben entender que este ferrocarril debe facilitar la conexión de Bagdad con Haifa por ferrocarril, y se entiende además que, si las dificultades de ingeniería y los gastos que implica mantener esta línea de conexión en el área marrón solo hacen que el proyecto inviable, que el gobierno francés esté dispuesto a considerar que la línea en cuestión también puede atravesar el Polgon Banias Keis Marib Salkhad dígale a Otsda Mesmie antes de llegar al área (b).

Durante un período de veinte años, el arancel aduanero turco existente permanecerá en vigor en la totalidad de las áreas azul y roja, así como en las áreas (a) y (b), y no habrá aumento en las tasas de derechos ni conversiones de ad valorem a tipos específicos se efectuará salvo acuerdo entre las dos potencias.

No habrá barreras aduaneras interiores entre ninguna de las áreas mencionadas. Los derechos de aduana que graven las mercancías con destino al interior se cobrarán en el puerto de entrada y se entregarán a la administración del área de destino.

Se acordará que el gobierno francés en ningún momento entablará negociaciones para la cesión de sus derechos y no cederá dichos derechos en el área azul a ninguna tercera potencia, excepto el estado árabe o la confederación de estados árabes, sin el previo acuerdo del gobierno de su majestad, quienes, por su parte, darán un compromiso similar al gobierno francés con respecto al área roja.

Los gobiernos británico y francés, como protectores del Estado árabe, acordarán que ellos mismos no adquirirán ni consentirán que una tercera potencia adquiera posesiones territoriales en la península arábiga, ni consientan que una tercera potencia instale una base naval en la costa este, o en las islas, del mar rojo. Sin embargo, esto no impedirá el ajuste de la frontera de Adén que sea necesario como consecuencia de la reciente agresión turca.

Las negociaciones con los árabes en cuanto a las fronteras de los estados árabes continuarán por el mismo canal que hasta ahora en nombre de las dos potencias.

Se acuerda que los dos gobiernos considerarán medidas para controlar la importación de armas a los territorios árabes.

Además, tengo el honor de manifestar que, para completar el acuerdo, el gobierno de Su Majestad propone al gobierno ruso el canje de billetes análogos a los intercambiados por este último y el gobierno de su excelencia el 26 de abril pasado. Se enviarán copias de estas notas a su excelencia tan pronto como se intercambien. También me atrevo a recordarle que la conclusión del presente acuerdo plantea, para consideración práctica, la cuestión de las reclamaciones de Italia sobre una participación en cualquier partición o reordenamiento. de Turquía en Asia, según lo formulado en el artículo 9 del acuerdo del 26 de abril de 1915 entre Italia y los aliados.

El gobierno de Su Majestad considera además que el gobierno japonés debe ser informado de los arreglos ahora concluidos.

Y este es el mapa resulante:

Podéis verlo en alta definición por aquí.

En este otro podéis ver una superposición con los Estados actuales:

El texto puede encontrarse en inglés en la página web The Avalon Project: Documents in Law, History, and Diplomacy de la Lillian Goldman Law Library, Yale Law School.

Redacción. Documentos. El Inconformista Digital.

Incorporación – Redacción. Barcelona, 6 Octubre 2020.