El Convenio de Aarhus – por Marga Vidal

Aarhus es una pequeña ciudad en Dinamarca en la que, en junio de 1998, en el marco de una Conferencia Ministerial, treinta y cinco países europeos y asiáticos firmaron un Convenio titulado Convenio sobre el Acceso a la Información, la Participación del Público en la Toma de Decisiones y el Acceso a la Justicia en Materia de Medio Ambiente.

Si bien el Convenio fue firmado por estos países, no todos lo han ratificado, como es el caso de España. Al ratificar el Convenio los países signatarios se comprometen a realizar una serie de reformas legislativas que garanticen el cumplimiento de los mínimos definidos por el Convenio de Aarhus. Por ejemplo, en las leyes de procedimiento administrativo y procesal.

Básicamente el Convenio viene a decir que el medio ambiente es asunto de todos, y que una de las mejores maneras de protegerlo es facilitar a todos los afectados por las decisiones administrativas relativas al medio ambiente, tanto directa como indirectamente, el intervenir en todas las fases de las tomas de decisiones, y en caso de que éstas vulneren derechos medioambientales, el recurrir a la justicia sin que los costes y los gastos asociados al procedimiento se lo impidan.

Estamos acostumbrados a relacionar el medio ambiente con “el campo”, y sólo rara vez percibimos que también la calidad del aire, de la luz natural, del espacio peatonal son asuntos medioambientales.

Las grandes ciudades españolas se están convirtiendo a marchas forzadas en espacios inhabitables de los que la gente sale huyendo apenas tiene dos días seguidos de vacaciones, y parece que no queramos darnos cuenta de que el deterioro de las costas y del espacio rural, así como los atascos y las muertes en carretera, son consecuencia inevitable de esta evolución.

El problema viene cuando, incluso teniendo conciencia de este hecho, resulta que el ciudadano no tiene cauces para intervenir y paralizar obras que deterioran manifiestamente la calidad del entorno ciudadano. Cuando la legislación medioambiental todavía no está suficientemente desarrollada y frente a la depredación especuladora sólo cabe esperar una cierta sensibilidad y visión de futuro de las autoridades locales. Cuando ésta falla, y el ciudadano ni siquiera tiene la posibilidad de contrarrestar dicha falta de sensibilidad y cordura mediante la movilización de sus conciudadanos, al final sólo podemos certificar nuestra propia defunción, utilizando una metáfora.

El Convenio de Aarhus significa un poco de oxigeno para el ciudadano. Significa que los empresarios depredadores y especuladores no pueden llevar a cabo proyectos en connivencia con los funcionarios y contratados de la administración a espaldas de la ciudadanía y en condiciones de impunidad. Significa en la práctica que cualquier proyecto debe ser dado a conocer a la ciudadanía en el momento de su nacimiento, y no cuando ya están firmados los contratos con sus correspondientes cláusulas indemnizatorias. Y que todas las alegaciones deben ser tenidas en cuenta antes de seguir adelante. Y que el ciudadano no tendrá que esperar a que se dicte justicia para cuando la torre esté construida, sino que no se pueda construir torres mientras no se haya dictado justicia.

En mi barrio, lindando ya con la huerta, los promotores encontraron un yacimiento importante para sus ansias constructivas. Existe una importante demanda de vivienda en esta ciudad, pero con escasa capacidad económica, pues se trata de los colectivos marginados por el mercado de trabajo, que sólo les ofrece contratos de trabajo de usar y tirar. Cómo el ciudadano tiene la molesta manía de querer dormir bajo techo y hacerlo en condiciones de privacidad, preferentemente en esos sitios cerrados con cocina y baño a los que llamamos vivienda, pues resulta que aun cuando sólo ocasionalmente pille algún curro mal pagado seguirá demandando vivienda. En mi barrio van a construirse cientos de viviendas. Pero no para los currantes ocasionales o habituales del barrio. A nuestro barrio van viniendo gentes de otros barrios, donde el suelo está más caro que en el nuestro, y qué sí pueden permitirse esas caras viviendas que nuestros currantes locales no pueden. De modo que seguimos viviendo en las viejas casas del barrio, con reformas cuando podemos pagarlas, y vamos viendo cómo nos van cerrando el barrio con fincas de muchas alturas. Fincas que nos van tapando el aire, el sol y el acceso al exterior, puesto que llevan aparejadas nuevas vías rápidas para que sus habitantes puedan acceder rápidamente a otros sitios fuera del barrio. De un barrio que otrora fue pueblo luego incorporado a la ciudad cuando ésta empezó a crecer, pero aún con una identidad propia, vamos perdiendo todas las ventajas y mantenemos las desventajas, pues no tenemos cines, teatros, espacios para la acción cultural, lugares de ocio para los niños y los jóvenes ni la mayoría de los servicios de los habitantes de una gran ciudad.

Volviendo al Convenio de Aarhus. Resulta que en la asociación de vecinos tuvimos noticia de lo que se nos venía encima y nos fuimos al ayuntamiento. Nos dieron un plano en el que figuraban las últimas modificaciones urbanísticas. Reunidos los vecinos se presentaron alegaciones dentro de plazo, que fue en primavera de 2002. Entre otras, para denunciar las alturas de las fincas que iban a cerrar el barrio, previstas en doce alturas, que modificaban las diez anteriormente permitidas. Y oh sorpresa, cuando nos contestan negativamente a casi todas las alegaciones, y respecto a las alturas, nos dicen que hay aprobadas catorce.

¿Cuándo fue esto? ¿Qué publicidad se dio a esta modificación urbanística? Reunidos por fin con técnicos del ayuntamiento, en diciembre, nos enteramos de que no existe obligación legal de dar publicidad a las modificaciones de planes ya aprobados. Eso sí, cuando nos contestaron finalmente a las alegaciones teníamos un plazo de dos meses para acudir a los tribunales y presentar un recurso. Curiosamente la fecha del registro de salida de la contestación a las alegaciones por parte del ayuntamiento es de fecha 29 de julio. Pleno período vacacional. Y la decisión del ayuntamiento en que se aprueban las modificaciones es de abril del mismo año. Sigue siendo poco lógico el período para recurrir. Lo que se hubiera recurrido, en su caso, era la decisión del ayuntamiento, no la contestación a las alegaciones. Ni siquiera al haber presentado alegaciones nos han querido ver como parte interesada para comunicarnos las modificaciones, aunque no se expongan ya públicamente.

Este tipo de actuaciones, al parecer conformes con la ley del procedimiento administrativo actualmente vigente, son contrarias al Convenio de Aarhus. Suponemos que no son la única razón para no ratificar el convenio, pero sí son un ejemplo de por qué no se ratifica. Ni el gobierno ni la oposición parecen tener ningún interés en hacerlo.

Otro hecho sangrante relacionado con la deficiente información fue que al reclamar un instituto de segunda enseñanza en el barrio, al que puedan ir los chavales y chavalas de 13 y más años, se nos dijo que sobre los dos terrenos colindantes que hay previstos para ese tipo de usos no era posible la construcción, dado que están separados por una calle y las autoridades de tráfico no lo permitirían. Como alternativa se ofrecía la construcción en el barrio de al lado, separado por el nuestro por una avenida ancha de varios carriles para cada sentido y separados ambos sentidos por jardines. Aparte la distancia, esas vías rápidas entrañan mayor peligro que una calle corta de sentido único en un extremo del barrio. Y hoy nos enteramos de que el plano que a nosotros nos dieron en el ayuntamiento y en su día, no era definitivo pues fue modificado posteriormente, como ya he comentado. Y además, que las calles marcadas no eran tales, en concreto esta calle que dividía las dos parcelas colindantes no existe en el segundo plano. Del cual no nos dieron traslado nunca, claro. Pero cuando estuvimos hablando con los técnicos de la Consellería de educación, ¿qué plano tenían ellos? ¿Cómo es que no sabían que la calle que figuraba en nuestro plano no era definitiva? ¿Cómo podían decirnos que no era posible aduciendo como motivo el de la calle cuando la calle no era más que una propuesta, como nos ha explicado ahora un asesor del concejal de urbanismo?

Todo esto no pasaría si existiera o bien una legislación o bien una voluntad de favorecer y proteger al ciudadano por parte de la administración. Pero más bien parece lo contrario. Parece que la legislación y la administración quieren proteger al constructor y al empresario frente al ciudadano, impidiéndole a este último el ejercicio efectivo de sus derechos en donde sea posible. Por eso no sería mala idea que las asociaciones ciudadanas de todo tipo nos pusiéramos de acuerdo para reclamar la ratificación del Convenio de Aarhus y nos preocupáramos de llevar a cabo el seguimiento.

Marga Vidal. Valencia.
Colaboradora, El Inconformista Digital.

Incorporación – Redacción. Barcelona, 16 Diciembre 2003.